Los licenciatarios que operan atenindose a las normas includas en la disposicin Part 74 pueden operar en las bandas de espectro identificadas en sus licencias. Los cambios que entrarn en vigencia requerirn a todos los licenciatarios que operan en el espectro de los 600 MHz (gran parte del espectro que se usaba para los canales de TV 38 al 51) en esas bandas y trasladarse a otras porciones de las bandas de televisin (los canales de TV 2 al 36) o a otras bandas de espectro autorizadas para el uso de micrfonos inalambricos.