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Que el dinamismo propio de las actividades que realizan las entidades sin fines de lucro requiere la evaluacin peridica del cumplimiento de los aspectos previstos en la normativa que habilita el otorgamiento de la exencin consagrada en la Ley del Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones, que permita su mantenimiento mediante la renovacin del certificado expedido.