Documentos de Consenso. ENFERMEDADES INFECCIOSAS Y MICROBIOLOGA CLNICA, como rgano oficial de la Sociedad Espaola de Enfermedades Infecciosas y Microbiologa Clnica (SEIMC), publicar nicamente los documentos de consenso que se adapten a su normativa vigente ( ). Los documentos de consenso elaborados por otras sociedades cientficas, en los que haya colaborado la SEIMC o alguno de sus grupos de estudio, tambin tendrn que adaptarse a esta normativa. La presentacin del manuscrito final para evaluacin por parte de la Revista se acompaar de la correspondiente autorizacin de la Junta Directiva de la SEIMC o de su representante autorizado. La aceptacin definitiva del documento de consenso ser tomada en consideracin por el Comit Editorial de la Revista, siempre que se adapte a las normas generales de la misma y a sus prioridades editoriales. En el manuscrito deber constar un apartado de conflicto de intereses en el que se especifique con claridad la ausencia de financiacin alguna para su elaboracin por parte de cualquier institucin de mbito privado. El Comit Editorial recomienda que las actualizaciones de los documentos de consenso solo sean enviados para publicacin cuando el contenido del mismo haya cambiado significativamente. Las actualizaciones de los documentos de consenso previamente publicados debern hacer constar claramente las novedades introducidas que hacen necesaria una nueva publicacin.