Artculo 6: Correcciones al manifiesto de carga: Las correcciones al manifiesto de carga y documentos de transporte que se efecten antes de transmitir la declaracin aduanera, no sern sancionadas con falta reglamentaria; si de hecho se generaren, se anularn de oficio en el sistema informtico de la aduana. Las correcciones se efectuarn con base a lo determinado en el acta de descarga. Posterior a la transmisin de la declaracin aduanera, slo un funcionario aduanero podr efectuar la correccin, previa imposicin de una multa por falta reglamentaria.