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Las altas de los recin nacidos en el Padrn se realizan de oficio a travs de la informacin facilitada por el Registro Civil, inscribindose al nacido en el domicilio en el que figuren empadronados ambos o alguno de sus progenitores, dndose preferencia en este ltimo caso al domicilio en el que figure inscrita la madre. Tambin es posible dar de alta en el Padrn a los nacidos a solicitud de los padres que tengan su guarda o custodia, o, en su defecto, de sus representantes legales.