Como Abrir Un Archivo Odt En Ipad

Artculo 38.- Cada lista de candidatos deber designar 1 (un) Apoderado Titular y 1 (un) Apoderado Suplente, a fin de que ejerzan la representacin de cada lista, durante todo el perodo electoral.
Artculo 39.- Los Apoderados para ejercer sus funciones en los comicios de la (SIGLAS), debern (reunir los requisitos estatutarios de electores).
Artculo 40.- El Apoderado de cada candidatura, a travs de una nota dirigida al TEI, puede otorgar mandato o autorizacin a favor de electores habilitados, en calidad de Veedor(1 titular y un suplente)a objeto de que ste represente a su lista de candidatos en la Mesa Receptora de Votos.
Artculo 41.- El Veedor tiene derecho a:
a) Permanecer junto a la mesa receptora de votos;
b) Presentar las reclamaciones escritas que juzgue conveniente, recibiendo constancia de las mismas;
c) Suscribir las actas del comicio, no siendo su omisin causal de nulidad del acto; y
d) Recibir de las mesas receptoras de votos el certificado de resultado correspondiente.